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Indicación Geográfica Protegida

La Unión Europea reconoce dos clases de vinos que están reglamentados: la Denominación de Origen DO y la Indicación Geográfica Protegida IGP, siguiendo unos estándares comunes en el territorio.


Si bien la DO es el grado más importante de calidad, la IGP ya exige determinadas condiciones por una cuestión de calidad y origen del producto.


La elaboración de los vinos tiene que realizarse en esa zona, puesto que no es válido tener la bodega fuera. Además, tienen que pertenecer a la variedad vitis vinifera o a otras especies del género vitis, ofreciendo un margen superior con respecto a la DO. En definitiva, lo que se busca es asegurar unos estándares de calidad que se atribuyen a un producto.

Vino de la Tierra de Córdoba

Image by Nacho Domínguez Argenta

La zona de producción, elaboración y envejecimiento de los productos de la mención Vino de la Tierra de “Córdoba” es la provincia de Córdoba, incluyendo todos sus municipios.

 

La elaboración de los vinos protegidos por la mención Vino de la Tierra de “Córdoba”se realizará con uvas procedentes del área de producción y de las variedades siguientes: Cabernet Sauvignon, Merlot, Syrah, Tempranillo, Pinot Noir y Tintilla de Rota, cualquiera que sea la sinonimia utilizada para cada una de ellas.

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